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Deducciones Fiscales por donativos, Donaciones y aportaciones a fundaciones
Personas físicas
- 80% deducción, en los primeros 250€ donados.
- 40% deducción, para donaciones a partir de 250€.
- 45% deducción, para donaciones mantenidas durante 2 años, por igual, importe o superior a la misma organización benéfica.
- 10% deducción máxima en la base liquidable del IRPF.
Personas jurídicas
- 40% deducción, para donaciones en general.
- 50% deducción, para donaciones mantenidas durante 2 años, por igual, importe o superior a la misma organización benéfica.
- 15% deducción sobre la base imponible. Las cantidades que excedan de este límite podrán aplicarse en los 10 años siguientes.