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Deducciones Fiscales por donativos, Donaciones y aportaciones a fundaciones

Personas físicas

  • 80% deducción, en los primeros 250€ donados.
  • 40% deducción, para donaciones a partir de 250€.
  • 45% deducción, para donaciones mantenidas durante 2 años, por igual, importe o superior a la misma organización benéfica.
  • 10% deducción máxima en la base liquidable del IRPF.

Personas jurídicas

  • 40% deducción, para donaciones en general.
  • 50% deducción, para donaciones mantenidas durante 2 años, por igual, importe o superior a la misma organización benéfica.
  • 15% deducción sobre la base imponible. Las cantidades que excedan de este límite podrán aplicarse en los 10 años siguientes.